Que escribamos sobre los Contratos para la Formación y el Aprendizaje no es ninguna novedad, pues se trata de un contrato con 20 años de regulación y que afortunadamente se ha ido actualizando en todo este periodo. Pero quizá hay algunos aspectos del contrato que, por las razones que fueren, desde el Servicio de Integración Laboral percibimos que no están tan claros por parte de la empresa y que convendría destacar a efectos de sus posibilidades de concertación y de los beneficios que conlleva tanto para la empresa como del trabajador. Podríamos destacar los siguientes:
El contrato más económico en términos de costes laborales
Se trata del contrato en la legislación vigente más económico en términos de costes laborales pues da lugar a una reducción de las cuotas empresariales al 100% tanto de la aportación empresarial como la del trabajador para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores de la totalidad de la aportación de la empresa y el 100% de la aportación del trabajador.
También supone bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas equivalente a 2,25% de la jornada del trabajador y un 15% el resto de años (hasta tres). El salario a concertar, salvo que en el convenio colectivo regule otra cosa, puede ser del Salario Mínimo Interprofesional. Y si el contrato se transforma a Indefinido, el nuevo contrato conllevaría las ayudas económicas correspondientes.
En cuanto al trabajador, además de tener una reducción del 100% de su cuota, tiene una total protección social, desempleo y una cualificación profesional.
No existe límite de edad para los trabajadores con discapacidad. Conviene destacarlo puesto que para los trabajadores sin discapacidad el límite está en los 30 años en la actualidad.
Un instrumento útil tanto para las empresas como para las personas con discapacidad
Se trata de un instrumento muy útil para la empresa, pues le permite tener un trabajador en plantilla desarrollando una serie de funciones de manera normalizada bajo la supervisión de un tutor que tendría que concertar la empresa, a la vez que se está cualificando en el marco del sistema de formación profesional para el empleo (Certificados de profesionalidad) o del sistema educativo (Título de Formación Profesional).
También es un instrumento muy útil para las personas con discapacidad, sobre todo las que tienen de una discapacidad sobrevenida que les obliga a recualificarse en una profesión distinta a las que tenía, con un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa.
Lucas Ramón García Moya. Técnico de Empleo. Servicio de Integración Laboral FAMDIF.